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  AYUDAS EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES   
  03-03-2010Imprimir Enviar
  PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES: HASTA 26/04/2010
MEDIDAS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES    El pasado 26 de febrero de 2010 la Consejería de trabajo y Empleo publicó en el D.O.C.M. ayudas relacionadas sobre la prevención de riesgos laborales.
    
    El plazo de presentación de instancias para estas ayudas comenzó el 27 de febrero y finaliza el 26 de abril de 2010.
    
    AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN EMPRESAS DE CLM.
    
    Ayudas destinadas a fomentar la prevención de riesgos laborales en las empresas.
    Podrán ser beneficiarios: las empresas, personas físicas o jurídicas, Comunidades de Bienes con trabajadores por cuenta ajena y Empresas de Economía Social (Centros Especiales de Empleo, Empresas de Inserción, Cooperativas y Sociedades Laborales) que a fecha de solicitud acrediten:
    
    • Tener el domicilio fiscal en Castilla – La Mancha.
    • Disponer de un Plan de Prevención de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 31/1995.
    • Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social.
    • No haber sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en el año inmediatamente anterior a la solicitud de subvención.
    Inversiones subvencionables
    a) La adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, mujeres embarazadas y trabajadores especialmente sensibles.
    b) Sustitución de maquinaria comercializada antes de 01-01-1995 que no tenga marcado CE, por otra maquinaria equivalente que sí lo tenga, conforme al RD 1435 de1992 o al RD 1644 de 2008.
    c) Adaptación de máquinas comercializadas antes de 01-01-1995 a las exigencias previstas al RD 1215 de 1997.
    Instalaciones y sistemas para el control de contaminación química, física o biológica en el centro de trabajo, excepto las de control de condiciones termo-hidrométricas.
    d) Adaptación de puestos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculo-esqueléticos.
    e) Inversiones derivadas de la ejecución de la Planificación de la Actividad Preventiva.
    f) Inversiones destinadas a mejorar la seguridad en maquinaria agrícola.
    g) La adquisición de maquinas siempre que, finalizado el procedimiento de reconocimiento de derechos por la realización de las inversiones previstas en el Bloque I, exista crédito disponible.
    Cuantía de las ayudas:
    Hasta un 40 % del coste de la inversión.
    La cuantía de la subvención se incrementará en un 10% adicional en aquellas empresas incluidas en el Plan REDUCE Accidentes que hayan reducido su accidentalidad, al menos, un 10%.
    El importe máximo de las ayudas será de 40.000 € por beneficiario.
    No se considerará inversión las cuotas de IVA no soportado o deducible por el beneficiario de la ayuda, ni los gastos no integrantes del equipo.
    
    AYUDAS PARA LA CONTRATACION INDEFINIDA DE TECNICOS EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.
    
    Objeto de estas ayudas:
    Ayudas destinadas a la contratación indefinida de técnicos de nivel intermedio o superior en prevención de riesgos laborales por tiempo indefinido, a jornada total o parcial, con dedicación a actividades preventivas en la empresa.
    Destinatarios:
    - Empresas, personas fisicas y juridicas.
    - Comunidades de Bienes con trabajadores por cuenta ajena.
    - Centros Especiales de Empleo.
    - Empresas de Inserción.
    - Cooperativas.
    - Sociedades Laborales.
    - Servicios de Prevención Mancomunados.
    En todos los supuestos el solicitante debe contar al menos con diez trabajadores.
    Requisitos exigidos:
    a) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
    b) Disponer de alguna de las modalidades de organización preventiva.
    c) Contar con Plan de Prevención.
    d) estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, frente a S. Social y de reintegro.
    e) Que el centro de trabajo donde vaya a prestar sus servicios el técnico contratado, esté en Castilla-La Mancha.
    f) No haber sido sancionado, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de subvención.
    g) No haber sido sancionado con la exclusión o prohibición de acceso a subvenciones públicas.
    h) No encontrarse incursos en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 11 de 2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
    Importe:
    a) Contrataciones de Técnicos de nivel superior: 10.000 euros.
    b) Contrataciones de Técnicos de nivel intermedio: 8.500 euros.
    
    El importe de la subvención se incrementa en 1.000 euros si el trabajador contratado pertenece a alguno de los colectivos siguientes:
    - Discapacitado.
    - Mujer víctima de violencia de género.
    - Trabajador de más de 45 años.
    - Trabajador que tenga reconocida una Incapacidad Permanente, parcial o total, derivada de contingencia profesional.
    
    
    AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
    
    Estas ayudas van dirigidas al fomento de inversiones que redunden en la mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad y Salud Laboral de los trabajadores autónomos.
    
    Serán beneficiarios de estas ayudas los trabajadores autónomos y las Comunidades de Bienes que no tengan contratados trabajadores por cuenta ajena.
    Inversiones subvencionables.
    1. Adquisición de andamios de fachada de componentes prefabricados.
    2. Sustitución de maquinaria comercializada antes de 01-01-1995 que no tenga marcado CE, por otra maquinaria equivalente que sí lo tenga, conforme al RD 1435 de 1992 o al RD 1644de 2008.
    3. Señalización de los lugares de trabajo.
    4. Inversiones destinadas a la mejora o establecimiento de instalaciones de protección contra incendios.
    5. Adquisición de equipos de protección individual.
    6. Inversiones destinadas a la mejora de la seguridad en maquinaria agrícola.
    7. Cualquier otra inversión que redunde directa y principalmente en la mejora de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.
    Cuantía de las ayudas
    Hasta un 40 por ciento del coste de la inversión.
    El importe máximo de las ayudas será de 15.000 € por beneficiario.
    No tendrán la consideración de inversión subvencionable el IVA soportado, gastos de transporte, estudios técnicos o cualquier otro concepto de análoga naturaleza.
    
    No obstante, para más información o cualquier ayuda pueden llamar al teléfono 967 41 70 06 o a través del correo electrónico: sierradelsegura@sierradelsegura.com
    
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